Diarios de las Estrellas

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El fallo del Supremo es correcto

La verdad, no se de qué se quejan los que se oponen a la Educación para la Ciudadanía.No es extraño que un tribunal considere que no se puede objetar a una asignatura. Está claro que hay una norma, que ha sido aprobada siguiendo un procedimiento correcto, y mientras esa norma esté vigente hay que cumplirla o asumir las consecuencias del incumplimiento.

Yo viví la época de la objeción de conciencia al servicio militar, y siempre me pareció absurda la situación que se creó cuando el Estado admitió la objeción como una alternativa válida. Conocí a gente que llegó a pasar por la cárcel por ser objetor. Es lo correcto: hay una ley, tú decides que en conciencia no la puedes cumplir, y luchas por cambiarla o sufres las consecuencias de no cumplirla.

Lo que era absurdo es tener a mocetones hechos y derechos dedicados a cuidar ancianitos o vegetar durante unos meses en una oenegé cualquiera. Más absurdo teniendo en cuenta que sus coetáneas no tenía la obligación de cuidar ancianitos, porque no tenían la obligación de hacer la mili y el Servicio Social falangista había prescrito muchos años antes.

Quiero decir: si objetas, suspendes. Y punto. Con un par. Si realmente te importa que tu hijo no curse la asignatura, te enfrentas a ella, pero con todas la consecuencias. Y si no, pues a agachar la cabeza y a cumplir, o a esperar que venga otro gobierno que derogue la ley (¡Ja!).

En realidad, yo creo que deberíamos ser libres no solo para elegir si nuestros hijos estudian EpC, sino si estudian matemáticas. ¿Acaso hay alguna diferencia entre el católico que no quiere que a su hijo le enseñen que el aborto es correcto y el ludita que no quiere que le enseñen nada relacionado con la física o la tecnología?

Cuando cedimos al Estado la autoridad para decidir los planes de estudio de nuestros hijos, admitimos la posibilidad de que aprovechara ese poder para adoctrinarlos. No debería extrañarnos que lo hiciera. ¿No lo hacen los partidos nacionalistas con la historia y la lengua?

Y que nadie espere que otro partido cambie la situación con respecto a la EpC: cambiará tal vez los contenidos, pero no cederá una posibilidad de adoctrinar.


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6 comentarios

6 Comentarios

  1. h 29/01/2009 3:19 pm

    Se llama desobediencia civil. Y yo la aplicaré, y espero que muchos más.

  2. CLD 30/01/2009 11:09 am

    Tienes toda la razón del mundo. Si admitimos que el Estado puede imponer los programas educativos (de ahí vienen todos los males), es tontería escandalizarse por la EpC. De todos modos, aunque no haya una signatura concreta, nuestros hijos reciben la educación nacional-progresista (hablo desde Cataluña) a todas horas por la tele, y en general también se la administran la mayoría de docentes, impartan o no esa asignatura. Mi hijo de 9 años me dijo el otro día que hay unos hombres muy malos que ponen minas antipersona y que están en Israel… Así está el patio.

    ¡Cheque Escolar ya!

  3. Kike 30/01/2009 8:14 pm

    ¿Desobediencia civil? Eso se da cuando alguien con su actitud pretende que se cambie una norma legal. Los objetores, sus padres, lo que no quieren es que les adoctrinen. Pero creo que no tienen nada en contra, al no asistir a clase, con aquellos padres a los que les gusta que sí adoctrinen a sus hijos.
    Otra cosa distinta es que los objetores deseasen en su fuero interno que cambiase la ley. ¿Es desobediencia civil desear algo? Creo que no.
    El derecho de objeción es un derecho reconocido por la Constitución, así lo ha afirmado el TC en muchas ocasiones.

    Al creador de este blog le diré que si tanto le gusta que se cumpla la ley, empiece acatando lo que dice el TC. El TC dice SÍ a la objeción en repetidas ocasiones y tal derecho se puede deducir de la Constitución (16 y 30 CE). Claro, que si ahora el TS dice otra cosa distinta por motivos obviamente políticos, ¿nos olvidamos de todo lo anterior? No me parece correcto.

    PD: cuando cedemos la elaboración de planes de estudio al Estado no le damos vía libre para que nos adoctrine. Le damos vía libre para que elabore unos planes de estudio que formen de la mejor manera posible a nuestros hijos, no que los adoctrinen de la mejor manera posible.
    Asimismo, esta asignatura tiene un grave problema y se puede leer en la ley por la que se aprobó: para la calificación se tiene en cuenta que el alumno esté de acuerdo/apoye los valores expresados durante su duración. No califica los conocimientos de los alumnos, sino sus ideas.

    Si no se puede objetar frente a Educación a la Ciudadanía, apaga y vámonos…

  4. antonio 09/02/2009 1:16 pm

    Pues qué quiere que le diga! Que en este debate uno querría no sólo estar en el bando de la objeción,que sin duda alguna ha demostrado un valor y coraje cívico digno de elogio, sino además haber podido dolerse de la “injusticia” de la sentencia que descarta tal opción pero resulta que uno ya va siendo mayor y por ello sabía demasiado bien y casi de antemano que su bando resultaría derrotado por razones políticas, vale, pero ante todo jurídicas.

    Y por favor, no me cuenten que los arículos 16 y 30 de la C.E permiten “deducir” un derecho a la objeción, sin decir también que permiten es más facultan a no deducirlo y que el único artículo que podría servir a tales fines, el 10.1 en particular,sólo es norma o cláusula de interpretación.

    El más que previsible fracaso de la objeción, descontado de antemano por el gobierno (lo de la Cabrera y el video en Youtube obedece a eso más que a oscuras maniobras) es de hecho el motivo que le llevó a plantear esta batalla política dónde los objetores salían con el papel de “sparring” o “niño de las bofetadas” que no podían propinar directamente en la cara de la conferencia episcopal.

    Insisto: su actitud ha sido heroica cuando menos y su nivel de resistencia inesperado para el gobierno que confiaba en que la amenaza de la privación de fondos públicos en un primer momento y el posterior esfuerzo desplegado en los centros para intimidar a los objetores, junto con la pasividad habitual y garantizada del PP bastarían para disuadir a los rebeldes, con algún contundente pronunciamiento judicial.

    La realidad ha demostrado cuán errado estaba ese cálculo y cómo los objetores han unido a su causa los más insospechados apoyos, pero por muy loable que ello sea y mis palabras para destacarlo siempre quedarán escasas, desde el estricto punto de vista jurídico el asunto, no daba más de sí en los términos que se planteaba.

    Y es que, si bien se piensa, en el fondo, ese tan denostado relativismo moral, en el mundo del derecho se llama precisamente objeción de conciencia.

    Desde el punto y hora que permitiésemos que la vigencia o no de una norma en vez de depender de los criterios que le otorga el ordenamiento para reconocerla en cuanto tal se supedita a las razones morales de cada destinatario apaga y vámonos.

    Sí, ya sé que toda una tradición escolástica choca con este planteamiento positivista.

    Y no rehúyo ese debate en ningún caso..

    Pero, mientras, creo yo que no estaría mal tampoco que los herederos de tal tradición cayeran en la cuenta de que son sus construcciones teóricas las que hoy por hoy por ejemplo permiten a los nacionalistas vascos alegar motivos de conciencia para no izar la bandera española.. o mantener la vigencia de un supuesto pacto entre Euscadi y la corona…

    Y es que me parece que una cosa es que dichos motivos puedan e incluso deban ser relevantes, en su caso, por ejemplo para atemperar la sanción a aplicar a quien incumple una norma legal en la creencia de estar obrando lícitamente, y otra muy distinta erigir esa mera causa de justificación en criterio de validez de la norma misma.

  5. antonio 09/02/2009 2:01 pm

    Por cambiar los términos del debate:

    A la pregunta ¿Puede (es decir, está legitimado) el estado (para) imponer una asignatura denominada “Educación para la ciudadanía?

    La respuesta es sí y ello no prejuzga la “validez” de los contenidos que integren ésta asignatura.

    Es decir, una vez que en la constitución reconocimos al Estado la legitimidad para imponer la escolarización obligatoria en el 27. 4 y en el 27.2 definimos incluso como objeto de esa educación el respeto a los principos democráticos de convivencia y a los derechos y libertades fundamentales,es ocioso discutir la legitimidad estatal para imponer una materia que en principio tiene precisamente por objeto los contenidos que según la constitución integran ese objeto.

    Ahora bien
    A la pregunta ¿Puede el ciudadano frente a ciertos contenidos de la asignatura cuándo menos polémicos y que atentan contra sus más íntimas creencias reaccionar exigiendo del estado la inclusión de otros que las respeten?

    La respuesta también es necesariamente sí.

    Baste para justificar el por qué, por ahora, que no en balde el 27.3 obliga a los poderes públicos a garantizar el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la educación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

    Una última observación es que a mi juicio,en este asunto son de aplicación además de los argumentos “morales” los mismos que han servido para ganar la “batalla” por la presencia del castellano en las aulas.

  6. antonio 09/02/2009 2:30 pm

    Y una última precisión respecto de la “desobediencia”

    Hasta dónde yo sé el “trámite” que han seguido los objetores ha sido formalizar un escrito ante el centro solicitando que éste libere a sus hijos de la obligatoriedad de la asistencia a la materia.

    Ante la negativa, (en la mayoría de los casos)han planteado un recurso contencioso-administrativo e ínterim solicitaban como medida cautelar anticipatoria que se les liberase de la asistencia …

    En fin como puede verse algo muy distinto de “desobedecer” pura y simplemente la ley, pero que en cualquier caso, tampoco cabe dudar que tuviera como objeto la modificación de ésta al menos en lo referente a la obligatoriedad de la asignatura.

    En cualquier caso, la asistencia a la asignatura ha sido excusada en no pocos casos bien porque se admitieran las cautelares y se estimaran los recursos o porque algunos centros de hecho hubieran reconocido las objeciones planteadas…

    De ahí el interés no sólo de los objetores sino también del gobierno que veía abiertas no pocas vías de agua para aclarar la situación con el pronunciamiento judicial